Estructura y Organización

NOMBRE COMPLETO, SIGLA, SIMBOLO Y LEMA

Nombre: Partido Evolución Política

Sigla: Evópoli

Lema: Por un Chile más libre, inclusivo y justo.

 

ESTRUCTURA ORGANICA

Órgano interno Facultades, funciones y atribuciones
Directiva Nacional

Está integrada por 7 miembros compuesto por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a General, un/a Tesorero/a y cuatro Vicepresidentes. La Directiva Central es electa por todos los afiliados del Partido. Quienes sean electos durarán dos años en sus cargos.  Sus facultades son: a) Dirigir el Partido de conformidad con su Declaración de Principios, Estatuto, Programa y las definiciones políticas adoptadas por sus organismos internos. b) Proponer al Consejo General las modificaciones a las declaraciones de principios, nombre del Partido, programas partidarios, Estatutos y reglamento interno, como asimismo, las alianzas, pactos electorales, fusión con otro u otros Partidos, y su disolución. c) Administrar los bienes del Partido, y rendir cuenta anual al Consejo General. d) Proponer al Tribunal Supremo la dictación de las instrucciones generales necesarias para la realización adecuada de los procesos electorales internos, conforme a la Ley y a los Estatutos. e) Proponer al Consejo General, para análisis y propuestas, los temas de políticas públicas considerados relevantes para el Partido y el país. f) Designar al Administrador General de Fondos del Partido, cuando corresponda. g) Poner en conocimiento del Tribunal Supremo las faltas a los Estatutos y a la disciplina partidaria de que tenga conocimiento. h) Materializar alianzas y pactos electorales aprobados por el Consejo General. I) h) Las demás funciones y atribuciones que le otorgue la Ley o este Estatuto.

 

Tribunal Supremo

Está integrado por 5 miembros compuesto por cinco miembros titulares elegidos por el Consejo General, por votación directa y secreta. Además, cuenta con al menos dos miembros subrogantes, quienes podrán integrar el Tribunal para efectos de quórum, a falta de uno o más miembros titulares.  Sus Facultades son:  a) Interpretar el Estatuto, reglamentos y demás normas internas. b) Conocer de las cuestiones de competencia que se susciten entre autoridades u organismos del partido. c) Conocer y resolver de las reclamaciones que se entablen contra actos de autoridades u organismos del partido que vulneren la declaración de principios o el Estatuto, y adoptar las medidas necesarias para corregirlos y enmendar sus resultados. d) Conocer y resolver las denuncias que se formulen contra afiliados al partido, sean o no autoridades de él, por actos de indisciplina o violatorios de la declaración de principios o del Estatuto, o por conductas indebidas que constituyan faltas a la ética o comprometan los intereses o el prestigio del partido. e) Aplicar las medidas disciplinarias que el Estatuto señale, contemplando las disposiciones que hagan efectivo un debido proceso. f) Controlar el correcto desarrollo de las elecciones y votaciones partidistas, y dictar las instrucciones generales o particulares que para tal efecto correspondan. g) Calificar las elecciones y votaciones internas. h) Resolver, como tribunal de segunda instancia, las apelaciones a los fallos y decisiones de los tribunales regionales. i) Conocer de las reclamaciones por no inclusión en el registro de 16 afiliados. j) Velar y garantizar el ejercicio de los derechos de los afiliados, incluidos los señalados en el artículo 20 del DFL N° 4 que fija texto refundido de la Ley 18.603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos.

 

Consejo General

Actualmente está integrado por 99 miembros, su número es variable ya que, se compone por un número de seis a nueve Consejeros Regionales elegidos por cada uno de los Consejos Regionales de entre sus respectivos miembros, de acuerdo a la proporción de militantes en cada región. La proporción será la siguientes: cada región elegirá un mínimo de seis miembros; luego, en aquellas regiones donde haya 2.001 militantes inscritos, o más pero menos de 3.000, se elegirá 1 miembro adicional; en aquellas, con 3001 militantes inscritos o más pero menos de 4.000, se elegirán 2 miembros adicionales, y en aquellas con 4.001 o más militantes inscritos, se elegirán 3 miembros adicionales. a) Impartir orientaciones y adoptar acuerdos sobre cualquier aspecto de la marcha del partido, que serán obligatorios para el órgano ejecutivo. b) Impartir orientaciones sobre las políticas públicas relevantes para el partido y el país. c) Aprobar o rechazar el correspondiente balance anual. d) Aprobar, a propuesta del órgano ejecutivo, las modificaciones a las declaraciones de principios, nombre del partido, programas partidarios, Estatuto y reglamentos internos, como, asimismo, los pactos electorales, fusión con otro u otros partidos y su disolución. Las modificaciones de la declaración de principios, la reforma de Estatuto, la disolución del partido y la fusión deberán hacerse en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35, inciso primero del DFL N°4 que fija texto refundido de la Ley 18603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos. e) Recibir anualmente la cuenta política del órgano ejecutivo y pronunciarse sobre ella. f) Designar los candidatos a Presidente de la República, diputados, senadores, consejeros regionales, 9 alcaldes y concejales del partido, sin perjuicio de aquellos que se determinen de conformidad con el DFL N° 1 que fija texto refundido de la ley N°20.640 sobre elecciones primarias. g) Aprobar el programa del partido. h) Las demás funciones que establezca la ley o que este Estatuto les confiera, y que no sean contrarias a aquella.

 

Directivas Regionales

Están integradas en cada región por hasta 7 miembros, compuesta por los cargos de Presidente/a, Secretario/a, y cinco Vicepresidentes. Quienes sean electos durarán dos años en sus cargos y no podrán ser electos por más de dos períodos consecutivos para el mismo cargo.  Sus facultades son: a) Establecer la organización territorial y operativa del Partido en su región, según lo establecido en el Reglamento correspondiente, los lineamientos del Consejo General y los mandatos de la Directiva Central. b) Supervigilar y colaborar con los grupos territoriales que se conformen, asumiendo sus funciones cuando aquellos no les den debido cumplimiento. c) Convocar al Consejo Regional cuando ello sea necesario o lo determinen el Estatuto o los reglamentos del Partido. d) Exponer, a través de su Presidente o de quien lo subrogue, ante la Comisión Política, los fundamentos de los proyectos, acuerdos y solicitudes adoptados por el Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en la letra d) del artículo Décimo Noveno de este Estatuto. e) Cumplir con los roles y procedimientos establecidos en el Reglamento correspondiente.

 

Consejo Regional

Está conformado por una cantidad variable de miembros por región, que emanan del equivalente al número de comunas de la región, más siete miembros adicionales, con un tope de treinta y cinco miembros en cada región. Sus facultades son: a) Elegir, entre sus miembros, a los representantes de la región ante el Consejo General, según el mecanismo establecido en el Reglamento de Elecciones del Partido. b) Fiscalizar y supervigilar el funcionamiento y actividades de la Directiva Regional respectiva. c) Proponer a la Comisión Política el debate de determinadas materias políticas y legislativas, así como acuerdos, proyectos y solicitudes determinadas, a través de mandato al Presidente de la Directiva Regional. d) Proponer al Consejo General la designación o el apoyo a candidatos a Senadores o Diputados, alcaldes, consejeros regionales y concejales del Partido, teniendo la responsabilidad de la organización y ejecución de los mecanismos democráticos a través de los que se lleve a cabo esta facultad, en cumplimiento del artículo número treinta y siete del DFL N° 4 que fija texto refundido de la Ley 18.603 Orgánica Constitucional de Partidos Políticos.

 

Comisión Política

Está integrada por 52 miembros y compuesta  por: i.- La Directiva Central del Partido. ii.- El Jefe de Bancada de los Senadores del Partido. iii.- El Jefe de Bancada de los Diputados del Partido. iv.- Los Presidentes de las Directivas Regionales del Partido. v.- El Jefe Nacional de Alcaldes del Partido. vi.- El jefe Nacional de Concejales del Partido. vii.- El Jefe Nacional de los Consejeros Regionales del Partido. viii.- El o la Presidente/a de la Juventud Nacional del Partido. ix.- Quince miembros elegidos por votación directa de los miembros del Consejo General.  Sus facultades son a) Guiar y aconsejar en forma permanente sobre la acción política del Partido, ateniéndose a los acuerdos del Consejo General como asimismo fijar las orientaciones de la gestión legislativa que corresponde desarrollar a los Parlamentarios, sin contravenir lo dispuesto en el artículo 38 del DFL N° 4 que fija texto refundido de la Ley 18.603 Orgánica Constitucional de Partidos Políticos. b) Conocer y orientar sobre las materias que le sean sometidas para su aprobación por la Directiva Central y pronunciarse sobre los proyectos de acuerdo que le sean presentados por los Consejos Regionales de conformidad con el artículo 19, letra c) de este Estatuto. c) Requerir al Presidente del Partido la convocatoria a reunión extraordinaria del Consejo General, con acuerdo de los dos tercios de sus miembros. d) Formular definiciones programáticas y sectoriales, en conformidad al programa general del Partido aprobado por el Consejo General. e) Todas las demás facultades que este Estatuto o los reglamentos internos le otorguen y que no se contradigan con el DFL N° 4 que fija texto refundido de la Ley 18.603 Orgánica Constitucional de Partidos Políticos.

 

Directiva Nacional Juventud

Está integrada por 7 miembros elegidos directamente para los cargos de Presidente, Secretario, Tesorero y Vicepresidentes de la Directiva. a) Supervigilar y colaborar con las Directivas 14 Regionales de la Juventud en las regiones donde se conformen, asumiendo sus funciones cuando aquellos no les den debido cumplimiento. b) Supervigilar y colaborar en la organización territorial y operativa de la Juventud del Partido en regiones, según lo establecido en el Reglamento correspondiente.

 

Directivas Regionales Juventud

Están integradas por hasta 7 miembros compuestos por los cargos de Presidente, Secretario, Tesorero y Vicepresidentes de la Directiva.  Sus facultades son: a) Supervigilar y colaborar con los grupos territoriales que se conformen de la Juventud, asumiendo sus funciones cuando aquellos no les den debido cumplimiento. b) Establecer la organización territorial y operativa de la Juventud del Partido en su región, según lo establecido en el Reglamento correspondiente. Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, las Directivas de los Consejos Regionales deberán estar en constante comunicación con la Directiva Nacional de Juventud.

 

Tribunales Regionales

Está integrado por 5 miembros que se componen por tres miembros titulares, que serán elegidos por el Consejo Regional en sesión específicamente convocada para tal efecto. Además, contará con a lo menos un miembro subrogante, quien podrá integrar el Tribunal para efectos de quórum, a falta de uno o más miembros titulares. El Tribunal Supremo y los Tribunales Regionales del Partido, podrá en su caso, aplicar las siguientes sanciones: 1) Amonestación verbal. 2) Censura por escrito. 3) Suspensión o destitución del cargo que estuviere ejerciendo dentro de la organización interna del Partido. 4) Suspensión en el ejercicio de los derechos de afiliado por el plazo que determine. 5) Expulsión. La Sanción de expulsión solo podrá ser aplicada por el voto favorable de dos tercios de los miembros titulares del Tribunal respectivo en ejercicio.

 

 

Número de afiliados por región:

Región N° de militantes al 31 de marzo de 2023
Arica y Parinacota 408
Tarapacá 404
Antofagasta 457
Atacama 487
Coquimbo 807
Valparaíso 1.477
Metropolitana de Santiago 5.778
O´Higgins 926
Maule 1.432
Ñuble 394
Bio Bio 1.665
La Araucanía 990
Los Ríos 401
Los Lagos 773
Aysén 434
Magallanes y Antártica 476
Internacional 123
Total 17.432

 

Número de afiliados según rango etario y género, al 31 de marzo de 2023:

Rango etario Nº Mujeres Nº Hombres
18 a 19 años                   9                    23
20 a 24 años              127                 227
25 a 29 años           2.035              3.517
30 a 34 años           1.203              2.299
35 a 39 años              737              1.184
40 a 44 años              635                 750
45 a 49 años              488                 606
50 a 54 años              465                 436
55 a 59 años              391                 366
60 a 64 años              330                 285
65 a 69 años              254                 194
70 a 74 años              165                 126
75 a 79 años              140                    88
80 a más años              168                    61
Total Militantes           7.147            10.162

 

REGIONES EN QUE SE ENCUENTRA CONSTITUIDO EL PARTIDO, DOMICILIO DE LAS SEDES DEL PARTIDO Y MEDIOS DE CONTACTO
Medio de contacto a la sede central: comunicaciones@evopoli.cl

Fecha Constitución Región Comuna donde está la sede Avenida o Calle Número del inmueble u oficina Mail de contacto Teléfono del Presidente/a Regional
1° de Abril de 2016 de Arica y Parinacota Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.arica@evopoli.cl  9 6191 8883
3 de junio de 2016 de Tarapacá Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.tarapaca@evopoli.cl  9 9791 9101
19 de Mayo de 2016 de Antofagasta Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.antofagasta@evopoli.cl  9 9410 1423
3 de junio de 2016 de Atacama Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.atacama@evopoli.cl  9 4578 0476
1° de Abril de 2016 de Coquimbo Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.coquimbo@evopoli.cl  9 4569 7349
1° de Abril de 2016 de Valparaíso Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.valparaiso@evopoli.cl  9 8360 0655
1° de Abril de 2016  Metropolitana Providencia Alberto Magno 1428 directiva.rm@evopoli.cl 9 5372 5288
3 de mayo de 2016 de O’Higgins Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.ohiggins@evopoli.cl 9 8173 4309
1° de Abril de 2016 del Maule Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.maule@evopoli.cl 9 7809 5099
6 de septiembre de 2018 de Ñuble Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.nuble@evopoli.cl 9 8936 0097
1°  de Abril de 2016 del Biobío Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.biobio@evopoli.cl 9 9178 5314
1° de Abril de 2016 de La Araucanía Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.araucania@evopoli.cl 9 5349 9440
1° de Abril de 2016 de Los Ríos Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.losrios@evopoli.cl  9 6760 1500
1° de Abril de 2016 de Los Lagos Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.loslagos@evopoli.cl 9 3269 2875
1° de Abril de 2016 de Aysén Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.aysen@evopoli.cl  9 9077 2612
1° de Abril de 2016 de Magallanes Sin sede oficial No aplica No aplica directiva.magallanes@evopoli.cl 9 7774 9427
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