Este miércoles 20 parte la primera etapa del periodo de propaganda, en que los candidatos y partidos políticos podrán realizar acciones con sus brigadistas en la vía pública y emitir publicidad en radioemisoras y otros medios de prensa acreditados, cuyo cumplimiento será verificado por 90 fiscalizadores del Servel a nivel nacional.
Desde este miércoles hasta el jueves 16 de noviembre se llevará a cabo el periodo de propaganda de las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2017. En este contexto, el director del Servicio Electoral, Raúl García Aspillaga, se refirió a los alcances de las acciones que podrán realizar los candidatos y partidos políticos, destacando la labor que realizarán los 90 fiscalizadores a nivel nacional que tendrá el Servicio en esta oportunidad, quienes serán los encargados de verificar en terreno el cumplimiento de la normativa vigente.
Asimismo, la autoridad destacó que el Servel ha informado a todos los actores que participan en este proceso las principales normas al respecto y su aplicación, mediante la publicación del Manual de Consulta de Campaña y Propaganda de las Elecciones 2017, el cual se dio a conocer el pasado 21 de agosto.
“Estamos a sesenta días de las votaciones y, desde ahora, con el inicio de la propaganda la ciudadanía podrá conocer tanto a los candidatos a los distintos cargos que se eligen en esta ocasión como sus propuestas, a través del despliegue que realice cada uno de ellos dentro del marco normativo vigente”, señaló el Director.
Sin embargo, explicó que dentro del periodo de propaganda hay que distinguir dos etapas. La primera, que se extiende entre este miércoles y el 19 de octubre, comprende acciones de brigadistas en la vía pública y emisión de publicidad en radioemisoras y otros medios de prensa, cuyos informes tarifarios se encuentren publicados en el sitio web del Servel; y la segunda, que va desde el 20 de octubre al 16 de noviembre, en que se agrega la propaganda en espacios públicos y privados, entre otras actividades. En el Manual, que se encuentra publicado en servel.cl, se establecen normas claras para cada una.
Según la Ley 20.938 y 18.556, el Servicio Electoral puede conocer las infracciones a las normas de propaganda electoral y, a través de sus direcciones regionales, realizar la fiscalización general de ésta, controlar el cumplimiento sobre las normas de carácter electoral y llevar a cabo los procedimientos administrativos sancionatorios por infracción a sus normas.
Hasta el momento, a nivel nacional se han recibido 387 denuncias en total, de las cuales se han declarado admisibles 126, siendo desde la región Metropolitana donde se ha formulado la mayor cantidad, con 175; seguida de la Araucanía y el Biobío, con 35 y 33, respectivamente. Además, las causas más frecuentes de denuncias son realizar propaganda por medio de brigadistas fuera de plazo y en radioemisoras no informadas ante el servicio electoral.
En el manual mencionado se indican las sanciones y multas a las que se exponen los candidatos por faltas a las normas de propaganda electoral, que se encuentran establecidas en la Ley 18.700.
Finalmente, las denuncias por infracción a las normas que regulan la propaganda electoral podrán ser presentadas por escrito ante la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral o la Dirección Regional competente del Servel. También se pueden presentar de forma digital en el Portal de Denuncias Ciudadanas http://denuncias.servel.cl/.