Columna de Carolina Zamar: ¿Cómo se van a reestablecer las relaciones diplomáticas con Bolivia?

Columna de Carolina Zamar: ¿Cómo se van a reestablecer las relaciones diplomáticas con Bolivia?

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Frente a las declaraciones efectuadas por el canciller boliviano Diego Parya a los medios de comunicación en La Paz se debe tener cautela. Parya sostuvo que espera retomar la Agenda de los 13 puntos con Chile y puso énfasis en que quiere establecer el diálogo y avanzar en el tema fundamental que es “la reivindicación marítima” y los otros temas contemplados en dicha agenda.

El 17 de junio de 2006 los viceministros de Asuntos Exteriores de Bolivia y Chile anunciaron públicamente una Agenda de 13 puntos que incluía todos los temas relevantes para la relación bilateral, incluyendo el punto 6 que lleva de título “La Cuestión Marítima”. Las negociaciones entre las partes prosiguieron en los años subsiguientes, pero llegaron a su fin el 2011 debido a posiciones divergentes entre ambos; entre ellas, la demanda interpuesta contra Chile en la Corte Internacional de Justicia (CIJ).

La demanda de Bolivia se fundamentó principalmente sobre la supuesta existencia de uno o varios acuerdos bilaterales que imponían a Chile la obligación de negociar el acceso soberano de Bolivia al Océano Pacífico. Entre estos “acuerdos” se invocó justamente la Agenda de los 13 puntos.

La CIJ, en su reciente fallo del 1 de octubre, concluyó su análisis de los acuerdos bilaterales invocados por Bolivia, examinando la Agenda de los 13 puntos. Bolivia sostuvo que la Agenda era un acuerdo vinculante y que no cabía la menor duda que “la cuestión marítima” abarcaba su acceso soberano al mar, para luego argumentar que quedó entendido por ambas partes que la cuestión marítima era un término genérico que incluía el problema pendiente del acceso soberano al mar.Chile, por su parte, reconoció que aceptó la inclusión de “la cuestión marítima” en la Agenda, pero que no había nada en dicho instrumento que apunte a una obligación preexistente de negociar sobre ese tema. Además, para Chile la cuestión marítima es un tema de amplio alcance, que no incluía ninguna referencia al acceso al mar.

A ojos de la Corte, la mera mención de la cuestión marítima no pudo dar lugar a una obligación de las partes de llevar a cabo una negociación y aún menos en lo que respecta al acceso soberano al mar. Y es en base al examen de los argumentos de las distintas partes y de los elementos que cada una presentó como medios de prueba, que la Corte concluyó que los instrumentos bilaterales invocados por Bolivia no establecían la obligación por parte de Chile de negociar el acceso soberano de Bolivia al Océano Pacífico.

Por todo lo anterior, si bien estimo que es fundamental restablecer las relaciones diplomáticas con el país hermano, antes de cualquier conversación se debe dejar asentado expresamente que toda negociación se realizará en el marco del Tratado de 1904, para despejar “toda posible duda” y dejar en claro que  nuestra soberanía está fuera de cualquier discusión.      

Fuente: El Líbero

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